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La CNMV evalúa el uso de smart contracts en infraestructuras financieras pero no reconoce aún su valor legal documental

28/05/2025 - ⏱️ 4 min

El interés por la digitalización del sector financiero español sigue creciendo, y con él, el debate en torno al uso de tecnologías como los smart contracts en procesos de emisión, liquidación y post-trade de instrumentos financieros. Aunque su desarrollo técnico ha avanzado considerablemente, especialmente en entornos tokenizados o de prueba regulada, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) no ha reconocido, a fecha de hoy, su validez legal como soporte documental en las ofertas de valores o emisiones reguladas.

En el marco de su estrategia de innovación, la CNMV ha mostrado una apertura progresiva al uso de tecnología blockchain y modelos de contabilidad distribuida, especialmente desde la publicación de su Plan de Actividades 2024. No obstante, esta apertura se limita por ahora a entornos de observación y pruebas controladas, como los proyectos piloto del sandbox regulatorio español.

Algunas iniciativas relevantes —como el piloto de Renta 4 Banco, Allfunds Blockchain y Grant Thornton— han utilizado smart contracts para representar y transferir participaciones tokenizadas, con resultados positivos. Sin embargo, la CNMV dejó claro que “la supervisión favorable del piloto no implica validación automática de los elementos jurídicos utilizados en su ejecución”.

Además, los marcos regulatorios como el DORA y el Reglamento Piloto de Infraestructuras DLT favorecen la experimentación, pero no otorgan aún rango jurídico autónomo a los smart contracts. Estos solo se consideran válidos si están respaldados por medios legales tradicionales como escrituras notariales o contratos firmados electrónicamente.

El Banco de España, en su Informe Anual 2023, advierte que integrar estas tecnologías en la operativa financiera requerirá cambios normativos si se desea que tengan efectos jurídicos plenos. También remarca la importancia de la transparencia, control de riesgos y responsabilidad legal clara.

El regulador europeo ESMA también ha abordado el tema en varias comunicaciones, reconociendo su eficiencia, pero advirtiendo sobre riesgos como la opacidad técnica y la falta de jurisprudencia. En su último informe concluyó que los smart contracts pueden usarse como herramientas auxiliares, pero no sustituyen al marco contractual tradicional.

En la práctica, entidades como Onyze, Token City o Finweg los utilizan como instrumentos técnicos de ejecución, mientras que los documentos jurídicamente vinculantes siguen siendo los tradicionales, firmados y registrados conforme a la legislación vigente.

En definitiva, aunque la CNMV permite el uso de smart contracts en entornos controlados, todavía no los reconoce como documentos legales válidos. Para que eso ocurra, será necesario un cambio normativo explícito a nivel nacional y europeo. Por ahora, su uso debe contemplarse como complemento técnico, no como sustituto legal.

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